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GanaSubvenciones

Resolución de la Directora General del Servicio Regional de Empleo y Formación, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2026 de subvenciones de fomento de la contratación indefinida en la Región de Murcia. Reg. (UE) 2023/2831 "Minimis"

Convoca REGIÓN DE MURCIA

Para qué es

Fomentar la contratación indefinida en la Región de Murcia durante el ejercicio 2026, mediante incentivos a la contratación estable de personas desempleadas de determinados colectivos, jóvenes, conversión de contratos formativos, municipios pequeños, retorno del talento y militares de tropa y marinería, cofinanciadas por el FSE+ y el MITES-SEPE.

Criterios de valoración

Los criterios de valoración están en otro documento: no se establecen criterios: régimen de concesión sin comparación ni prelación de solicitudes, por orden de entrada hasta el límite del crédito (artículo 22 de la Ley 7/2005).

Lo que deja fuera

Si no cumples alguno, la solicitud se inadmite sin llegar a puntuarse.

  • Tu centro de trabajo para el que se realice la actividad subvencionada tiene que estar en la Región de Murcia
  • No puedes presentarte si formas parte del sector público (entes, organismos y entidades del artículo 3 de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público)
  • La jornada del contrato tiene que ser a tiempo completo o, si es parcial, como mínimo del 50 % de la jornada a tiempo completo
  • Quedan fuera las contrataciones de personas que hubiesen prestado servicios en la misma empresa, empresas vinculadas o grupo de empresas en los doce meses anteriores mediante contrato indefinido
  • Quedan fuera las contrataciones de cónyuge, ascendientes, descendientes y demás parientes por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado del empresario o de quien tenga el control empresarial
  • Si en los doce meses anteriores al inicio del contrato has extinguido contratos por despido improcedente o colectivo, quedas excluida en un número de solicitudes igual al de extinciones producidas
  • No se subvencionan los contratos fijos-discontinuos ni las contrataciones de puesta a disposición de empresas de trabajo temporal
  • No se admiten las contrataciones al amparo de normas de ayudas a la contratación indefinida de personas con discapacidad (empleo ordinario o protegido)
  • La contratación o conversión tiene que formalizarse entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026
  • Tienes un mes desde el alta en Seguridad Social (o desde la conversión) para presentar la solicitud, y siempre dentro del plazo general: fuera de plazo se inadmite a trámite
  • Si eres entidad sin ánimo de lucro tienes que acreditar con documento fiscal que realizas actividad económica de forma regular
  • Tienes que mantener el contrato subvencionado dos años (730 días); en la línea 5, además, la permanencia en el centro de trabajo del municipio de menos de 10.000 habitantes
  • Si en el momento de redactarse la propuesta de resolución no mantienes en plantilla a la persona contratada, quedas excluida
  • Máximo 5 subvenciones por línea y 10 en el conjunto de todas las líneas con cargo al ejercicio 2026
  • Ayuda sujeta al régimen de minimis: no puedes superar los límites de los reglamentos comunitarios

Requisitos

  • Ser empresa o persona trabajadora autónoma con centro de trabajo en la Región de Murcia para el que se realice la actividad objeto de subvención
  • También pueden ser beneficiarias agrupaciones, comunidades de bienes u otras unidades sin personalidad jurídica que tengan consideración de empresa
  • No encontrarte en ninguno de los supuestos del artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Agencia Tributaria de la Región de Murcia
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria
  • Estar al corriente de las obligaciones económicas con la Seguridad Social, acreditado antes de la propuesta de resolución de concesión
  • Asumir el compromiso de cumplir el apartado VI del Código de Conducta en materia de subvenciones y ayudas públicas de la Región de Murcia
  • Si la subvención supera 30.000 euros, acreditar el cumplimiento en materia de morosidad (art. 13.3 bis Ley 38/2003) mediante declaración responsable o documentación
  • Presentar la solicitud por medios electrónicos a través de la sede electrónica de la CARM (procedimiento 1205)
  • En la línea 1.a), que la persona esté inscrita como demandante de empleo no ocupada al menos 12 meses en los 18 meses anteriores al inicio del contrato
  • En la línea 4, que hayan transcurrido al menos 3 meses desde el inicio del contrato formativo a convertir
  • En la línea 5, tener centros de trabajo en municipios de menos de 10.000 habitantes

Documentación que piden

  • Tarjeta del NIF de la empresa / autónomo solicitante que efectúa la contratación (y, en Comunidad de Bienes o Sociedad Civil, NIF de la CB, autorización de acceso a datos de cada miembro y copia del documento constitutivo)
  • Certificado de la Seguridad Social de no haber tenido personas contratadas el año anterior, si se trata de primera contratación por autónomo, cooperativa o sociedad laboral
  • Anexo IX “Información a los trabajadores”
  • Copia del Contrato de trabajo concertado y documento de la comunicación al sistema contrat@ (huella del sistema «contrat@»)
  • Copia del permiso de trabajo y residencia si la persona contratada es extranjera no comunitaria
  • Autorización de la persona contratada para el acceso a datos personales (Anexo VI)
  • Certificado bancario con los 24 dígitos del IBAN, titularidad y NIF del solicitante
  • Declaración Responsable incorporada como anexo a la solicitud (otras subvenciones y minimis, requisitos, autenticidad de documentos, despidos improcedentes o colectivos, exclusiones, parentesco, art. 13 LGS y Código de Conducta)
  • Documento fiscal que acredite actividad económica regular, en el caso de entidades sin ánimo de lucro
  • Acreditación de la representación conforme al artículo 5 de la Ley 39/2015, en su caso
  • Declaración morosidad para subvenciones de importe superior a 30.000 € (Anexo VIII), si procede
  • Autorización de la entidad solicitante para el acceso a sus datos personales
  • Línea 1: documentación acreditativa de la condición del colectivo (violencia de género, trata/explotación, riesgo de exclusión social, RMI o IMV, víctima de terrorismo, o certificación de nacimiento y Anexo V de cargas familiares para hijos menores de 4 años)
  • Línea 2: copia de la Titulación Universitaria o de Ciclo Formativo de Grado Superior por la que se le ha contratado
  • Línea 4: copia del contrato de trabajo que se transforma y comunicación al sistema Contrat@
  • Línea 7: copia de la titulación oficial obtenida en España previa al desplazamiento y documentación acreditativa del retorno (formulario U1 o E-301 u otro documento de prueba)
  • Línea 8: documento acreditativo de haber finalizado el compromiso de larga duración al cumplir los 45 años de edad

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