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GanaSubvenciones

Resolución del consejero de Educación y Universidades por la cual se aprueba la convocatoria de ayudas individualizadas de comedor para alumnos escolarizados en centros docentes no universitarios durante el curso escolar 2026-2027

Convoca ILLES BALEARS

Para qué es

Financiar el coste total o parcial del servicio de comedor escolar del alumnado que durante el curso 2026-2027 curse educación infantil, primaria, ESO, ciclos formativos de grado básico o transición a la vida adulta en centros públicos no universitarios o privados concertados de las Islas Baleares, así como del alumnado de centros de primer ciclo de educación infantil. Las personas beneficiarias son alumnos (personas físicas), no entidades; las entidades (centros concertados y centros de primer ciclo de educación infantil) participan como entidades colaboradoras mediante convenio.

Criterios de valoración

Con el peso que les da la convocatoria. Es lo que puntúa.

  1. Condiciones económicas (renta por unidad de consumo)Se dividen los ingresos totales de la unidad familiar del año fiscal 2025 entre el número de unidades de consumo; a menor cociente, más puntos: hasta 7.350,00 € = 20 puntos; 7.350,01-8.820,00 € = 17; 8.820,01-10.290,00 € = 14; 10.290,01-11.760,00 € = 11; 11.760,01-13.230,00 € = 8; 13.230,01-14.700,00 € = 5.20 puntos
  2. Circunstancias familiares: niño en acogimiento distinto del solicitanteAcreditar con documentación del acogimiento que hay otro niño en acogimiento en la unidad familiar.1 puntos
  3. Circunstancias familiares: discapacidad del alumno solicitante entre el 33% y el 75%Certificado, carnet o resolución en vigor del órgano competente con el tipo y grado de discapacidad del alumno.2 puntos
  4. Circunstancias familiares: discapacidad igual o superior al 33% de otro miembro de la unidad familiarCertificado de discapacidad en vigor de un miembro de la unidad familiar distinto del alumno solicitante.2 puntos
  5. Circunstancias familiares: familia numerosa generalTítulo oficial de familia numerosa en vigor (tres o más hijos) o consulta telemática autorizada.1 puntos
  6. Circunstancias familiares: familia numerosa especialTítulo de familia numerosa de categoría especial (cinco o más hijos, o cuatro con tres de parto/adopción/acogimiento múltiple).2 puntos
  7. Circunstancias familiares: condición de víctima de violencia de géneroOrden de protección, sentencia condenatoria, informe del Ministerio Fiscal, resolución de medidas cautelares o informe de servicios sociales/Instituto Balear de la Mujer; vale si la situación se da en cualquier miembro del núcleo familiar.4 puntos
  8. Circunstancias familiares: dos o más hijos usuarios del comedor en el mismo centroQue dos o más hijos de la unidad familiar usen el comedor del mismo centro.1 puntos
  9. Circunstancias familiares: motivos de desplazamientoHaber usado transporte escolar por escolarizar a los hijos en un centro de jornada partida al no haber otro más cercano, o porque el centro está fuera de la localidad al no impartirse allí los estudios obligatorios.3 puntos
  10. Condiciones sociofamiliares desfavorables: alumnado NESE por vulnerabilidad socioeducativaNecesidades específicas de apoyo educativo asociadas a vulnerabilidad socioeducativa registradas en GestIB o Llull. Lo valora el consejo escolar o la comisión de valoración del centro a propuesta del equipo directivo.1 puntos
  11. Condiciones sociofamiliares desfavorables: dificultades de atención por disponibilidad de los progenitores o tutoresIncompatibilidad con el horario laboral o formativo, problemas de salud que impidan atender a los hijos o situación de desempleo de algún miembro de la unidad familiar, con el certificado acreditativo pertinente.2 puntos
  12. Condiciones sociofamiliares desfavorables: informe de servicios socialesInforme de los servicios sociales que aconseje facilitar la ayuda de comedor por circunstancias socioeconómicas desfavorables.4 puntos
  13. Condiciones sociofamiliares desfavorables: beneficiarios de rentas mínimas de inserción o renta social garantizadaDocumento expedido por la administración competente que acredite ser beneficiario de renta mínima de inserción, renta social garantizada u otras similares en el momento de la solicitud.5 puntos
  14. DesempateEn caso de empate se prioriza a quien tenga menos renta en función de los miembros de la unidad familiar y, si persiste, a quien tenga más puntos por circunstancias familiares.criterio de desempate

Lo que deja fuera

Si no cumples alguno, la solicitud se inadmite sin llegar a puntuarse.

  • No es una subvención para entidades: las beneficiarias son personas físicas (alumnado escolarizado). Si eres una entidad, solo puedes participar como entidad colaboradora si eres un centro privado concertado o un centro de primer ciclo de educación infantil.
  • Si eres centro concertado o de primer ciclo de educación infantil, tienes que adherirte al convenio de colaboración con certificado digital del representante legal antes del 15 de julio de 2026: fuera de esa fecha no puedes gestionar las ayudas.
  • El alumno tiene que ser usuario fijo del comedor: mínimo tres días por semana durante el curso 2026-2027.
  • Solo puedes marcar una opción de tipo de beneficiario (directo o por baremación) y, cerrado el plazo, no se admite ningún cambio de opción.
  • En custodia compartida la solicitud tiene que ir firmada por los dos progenitores; si no, no se considera válida.
  • Una solicitud por alumno: no puedes presentar la misma solicitud para más de un miembro de la unidad familiar y, si presentas varias telemáticas, solo cuenta la última.
  • Si vas por baremo, la renta total familiar no puede superar el límite de la tabla calculada según el IPREM (por ejemplo, 30.870,00 € para 2 adultos y 2 menores).
  • Estas ayudas son incompatibles con las ayudas individualizadas de alimentación para alumnos de centros públicos de educación secundaria.
  • Plazo ordinario hasta el 10 de julio de 2026; el plazo extraordinario (12 al 23 de abril de 2027) solo sirve para alumnado de incorporación tardía.
  • Si la solicitud está incompleta, solo tienes tres días hábiles desde el requerimiento del centro para enmendarla.

Requisitos

  • El alumno debe pertenecer a una unidad familiar con niños escolarizados durante el curso 2026-2027 en un centro público no universitario o privado concertado, en segundo ciclo de infantil, primaria, secundaria, CFGB o transición a la vida adulta.
  • También pueden pedirla las familias con niños escolarizados en un centro de primer ciclo de educación infantil.
  • El alumno tiene que ser usuario fijo del servicio de comedor durante el curso 2026-2027.
  • Se considera usuario fijo quien usa el comedor un mínimo de tres días por semana.
  • Si optas a beneficiario directo, tienes que acreditar al finalizar el plazo una de estas condiciones: acogimiento, condición de refugiado/asilo/protección subsidiaria o internacional, familia monoparental o discapacidad igual o superior al 75%.
  • Si optas a beneficiario por baremo, la renta total familiar no puede superar los límites de la tabla calculada a partir del IPREM.
  • Debes presentar una solicitud por cada alumno y no puedes presentar la misma solicitud para más de un miembro de la unidad familiar.
  • En custodia compartida, la solicitud debe ir firmada por los dos progenitores.
  • Debes declarar que no incurres en ninguna de las prohibiciones para ser beneficiario del artículo 10 del Texto refundido de la Ley de subvenciones.
  • Si eres centro privado concertado o centro de primer ciclo de educación infantil y quieres participar, tienes que formalizar el convenio como entidad colaboradora con la Consejería.
  • La adhesión al convenio se hace con certificado digital del representante legal antes del 15 de julio de 2026.
  • La entidad colaboradora debe cumplir los requisitos del artículo 26 del Decreto legislativo 2/2005, tener solvencia adecuada y no incurrir en prohibiciones.
  • Estas ayudas son incompatibles con las ayudas individualizadas de alimentación para alumnos de centros públicos de educación secundaria.
  • Debes comunicar en la solicitud la obtención o concesión de otras subvenciones para la misma finalidad, aunque sean compatibles.

Documentación que piden

  • Solicitud en el impreso normalizado del anexo 2 (una por alumno), presentada en el centro educativo o por el trámite telemático de la sede electrónica de la CAIB
  • DNI o NIE en vigor de todos los miembros computables de la unidad familiar que tenían dieciséis años o más el 31 de diciembre de 2025
  • Copia del libro de familia con todos los miembros o certificado digital del Registro Civil (y sentencia judicial en casos de nulidad, separación o divorcio)
  • Certificado de convivencia, cuando el municipio no esté adherido a la Plataforma de Interoperabilidad de las Islas Baleares o no se autorice la consulta
  • Autorización a la Consejería para obtener el certificado de ingresos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de todos los miembros con ingresos (anexo 10 si la solicitud es telemática)
  • Declaración responsable de no incurrir en las prohibiciones del artículo 10 del Decreto legislativo 2/2005
  • Autorización al centro para gestionar la cantidad recibida en concepto de ayuda de comedor
  • Beneficiarios directos por acogimiento: certificado del director o directora del centro de acogimiento o del órgano competente
  • Beneficiarios directos por familia monoparental: título, carnet o resolución emitida por el órgano competente
  • Beneficiarios directos por refugio, asilo, protección subsidiaria o protección internacional: documentación acreditativa de esa condición (también de los padres o tutores)
  • Beneficiarios directos por discapacidad igual o superior al 75%: certificado, carnet o resolución en vigor con el tipo y grado de discapacidad
  • Anexo 3 de aceptación o, en su caso, anexo 5 de renuncia de la ayuda, dentro del plazo de exposición de la propuesta de concesión
  • Entidades colaboradoras: adhesión al convenio (anexo 6 centros concertados / anexo 7 centros de primer ciclo de infantil) con certificado digital del representante legal
  • Entidades colaboradoras: anexos 4B, 5 y 9 (memoria económica y certificado) justificativos de la aplicación de las ayudas

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