Resolución EMT/ /2026, de de , por la que se abre la convocatoria de subvenciones para el año 2026 de actuaciones de orientación dirigidas al sector agrario, enmarcadas en el programa Orienta (SOC-ORIENTA AGRARIO)
Convoca CATALUÑA
Para qué es
Financiar actuaciones de orientación profesional y acompañamiento a la inserción dirigidas al sector agrario, mediante unidades de orientación, dentro del programa Orienta del Servicio Público de Empleo de Cataluña, para fomentar el interés de las personas desempleadas por el sector agrario y facilitar su incorporación mediante acciones de prospección e intermediación con las empresas agrarias.
Criterios de valoración
Con el peso que les da la convocatoria. Es lo que puntúa.
- Criterio a) de la base 13 de la Orden EMT/8/2022 (mínimo 10 puntos)La convocatoria no describe el contenido del criterio: remite a la base 13 del anexo 1 de la Orden EMT/8/2022 y a sus ponderaciones. Solo fija que tienes que obtener al menos 10 puntos en este criterio para poder ser beneficiaria.mínimo 10 puntos
- Criterio b) de la base 13 de la Orden EMT/8/2022 (mínimo 12,5 puntos)El contenido del criterio no figura en la convocatoria, que remite a la base 13 del anexo 1 de la Orden EMT/8/2022. Debes superar como mínimo 12,5 puntos en este apartado.mínimo 12,5 puntos
- Criterio c) de la base 13 de la Orden EMT/8/2022 (mínimo 27,5 puntos)El contenido del criterio no figura en la convocatoria, que remite a la base 13 del anexo 1 de la Orden EMT/8/2022. Es el criterio con el mínimo más alto: necesitas al menos 27,5 puntos.mínimo 27,5 puntos
- Puntuación mínima total y valoración por punto de actuaciónLa subvención se otorga en función de la puntuación obtenida en el punto de actuación donde se ubica cada unidad de orientación solicitada; hay que llegar a 50 puntos y competir con el resto de solicitudes del mismo territorio.mínimo 50 puntos sobre el total
Lo que deja fuera
Si no cumples alguno, la solicitud se inadmite sin llegar a puntuarse.
- El plazo se cierra a las 15.00 horas del 18.9.2026: presentar fuera de esa hora te deja fuera.
- Necesitas alcanzar 50 puntos en total y, además, los mínimos por criterio: 10 puntos en el criterio a), 12,5 en el b) y 27,5 en el c). Si fallas uno solo, no hay subvención.
- Si eres entidad privada, tienes que tener personalidad jurídica propia, estar legalmente constituida y disponer de establecimiento operativo en Cataluña.
- Si eres entidad local que abarca un territorio de intervención supralocal de más de 30.000 habitantes en Barcelona, Girona y Tarragona, o de más de 20.000 en Lleida y Terres de l'Ebre, tienes que presentar un documento de planificación estratégica de empleo y desarrollo local concertado con otros agentes del territorio.
- Solo se reparten 4 unidades de orientación en toda Cataluña (1 en Barcelona, 1 en Tarragona y Terres de l'Ebre, 1 en Lleida y 1 en Girona): la concurrencia es por punto de actuación y territorio.
- No puedes reformular la solicitud: lo que presentes es lo que se valora.
- Tienes que iniciar las actuaciones en 15 días hábiles desde el día siguiente a la notificación de la resolución de concesión, y como muy tarde el 15 de diciembre de 2026.
- Si también fuiste beneficiaria del programa Orienta 2025 (Resolución EMT/2320/2025), no puedes iniciar las actuaciones nuevas hasta que finalices las de la convocatoria anterior.
- Las personas atendidas deben ser trabajadoras agrarias en paro o tener informada en su demanda de empleo experiencia laboral o una ocupación solicitada del sector agrario.
Requisitos
- Puedes ser administración local de Cataluña, sus organismos autónomos o entidades dependientes o vinculadas con competencia en políticas activas de ocupación.
- Puedes ser entidad privada con personalidad jurídica propia, con o sin ánimo de lucro, legalmente constituida y con establecimiento operativo en Cataluña.
- Si eres entidad local con territorio de intervención supralocal de más de 30.000 habitantes (Barcelona, Girona, Tarragona) o más de 20.000 (Lleida y Terres de l'Ebre), tienes que presentar un documento de planificación estratégica concertado con otros agentes del territorio.
- Tienes que acreditar los requisitos de la base 4 de la Orden EMT/8/2022 firmando las declaraciones responsables que incluye la solicitud.
- Tienes que alcanzar una puntuación mínima total de 50 puntos y los mínimos exigidos en cada uno de los tres criterios.
- Las personas participantes han de ser trabajadoras agrarias en situación de paro o manifestar en su demanda de empleo interés en trabajar en el sector agrario, con experiencia o ocupación solicitada del sector informada en la demanda.
- Debes atender un mínimo de 100 personas por unidad de orientación.
- Tienes que aceptar que las oficinas de Trabajo deriven el 30% del número mínimo de personas a atender por unidad de orientación, porcentaje ampliable hasta el 60% si lo solicitas y se autoriza en la resolución.
- Las personas se consideran atendidas solo si han formalizado el documento de pacto de itinerario y consta la valoración y cierre de su proceso de orientación en el informe final.
- Todos los gastos deben producirse dentro del periodo de ejecución y estar pagados antes de la fecha de presentación de la justificación económica.
Documentación que piden
- Formulario normalizado de solicitud con las declaraciones responsables de cumplimiento de requisitos
- Memoria técnica del proyecto (máximo 20 páginas si solicitas un punto de actuación; 2 páginas más por cada municipio adicional donde se ubiquen los puntos de actuación solicitados)
- Memoria económica (incluida en el formulario normalizado de solicitud)
- Documento de planificación estratégica de empleo y desarrollo local concertado, si eres entidad local con territorio supralocal de más de 30.000 habitantes en Barcelona, Girona y Tarragona o de más de 20.000 en Lleida y Terres de l'Ebre