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GanaSubvenciones

Resolución EMT/ /2026, de , por la que se abre la convocatoria de subvenciones para el año 2026 en relación con las actuaciones del programa Trabajo y Formación para jóvenes tutelados y jóvenes en situación de alta vulnerabilidad

Convoca CATALUÑA

Para qué es

Financiar el programa Trabajo y Formación para jóvenes tutelados y extutelados y jóvenes en situación de alta vulnerabilidad, facilitándoles experiencia profesional mediante contratación laboral, formación y acompañamiento, para acompañarlos en la transición al mercado de trabajo ordinario y a la emancipación.

Criterios de valoración

Con el peso que les da la convocatoria. Es lo que puntúa.

  1. Capacidad técnica de las entidades beneficiariasQue demuestres arraigo en el territorio (definir comarca, población, sectores productivos, coordinación con otros agentes y proyectos desarrollados en los últimos 5 años, hasta 7 puntos), experiencia en proyectos, valorándose más cuantos más años y si son con el mismo colectivo joven (hasta 10 puntos), y que definas los recursos materiales, la estructura técnica y las competencias profesionales para ejecutar el proyecto (hasta 8 puntos).25 puntos
  2. Definición, concreción y conocimiento del colectivo destinatarioQue definas el colectivo al que se dirige el proyecto concretando su perfil y valorando su adecuación a la participación (hasta 8 puntos), que identifiques sus necesidades y cómo se trabajan y vinculan en el proyecto (hasta 7 puntos) y que aportes otros recursos disponibles que complementen el proyecto y den calidad a la intervención (hasta 5 puntos).20 puntos
  3. Descripción de la implementación del proyectoQue fijes objetivos generales y específicos con metodología SMART e indicadores de ejecución medibles (hasta 10 puntos) y, sobre todo, que concretes las metodologías: relacionadas con el perfil del proyecto (hasta 20 puntos), con los objetivos específicos (hasta 10 puntos) y en cada una de las actuaciones de contratación, formación y acompañamiento (hasta 5 puntos).45 puntos
  4. Resultados e impacto del proyectoQue el proyecto sea coherente y esté vinculado en todos sus apartados (hasta 5 puntos), que detalles los resultados previstos ligados a indicadores cualitativos y/o cuantitativos (hasta 2,5 puntos) y que expliques y justifiques la metodología de evaluación de las actuaciones (hasta 2,5 puntos).10 puntos
  5. Criterio de desempate: puntuación en los criterios 3, 2, 1 y 4 por ese ordenSi hay empate de puntuación, gana quien tenga más puntos en el criterio 3 (implementación del proyecto); si persiste, en el criterio 2; luego en el 1 y por último en el 4.orden de prelación en caso de empate

Lo que deja fuera

Si no cumples alguno, la solicitud se inadmite sin llegar a puntuarse.

  • Tu proyecto necesita al menos 50 puntos: por debajo de esa nota no se concede nada, aunque quede presupuesto.
  • Necesitas centro de trabajo en Cataluña (entidades sin ánimo de lucro y empresas de inserción); si eres empresa de inserción tienes que estar acreditada y legalmente constituida.
  • El plazo cierra a las 15 horas del 15 de septiembre de 2026: es un plazo con hora, no solo con día.
  • No te aprobarán más de 10 contrataciones por entidad (CIF), ni más del 50 % de tu plantilla media de los últimos 12 meses; en agrupación de entidades el tope del proyecto también es de 10 contratos.
  • Si eres administración local u organismo dependiente (apartado 15 a), no puedes presentar solicitud en el territorio de Barcelona Ciudad.
  • Si quieres contratar en varios territorios tienes que presentar una solicitud distinta por cada territorio y disponer de centro de trabajo en él; las empresas de inserción deben acreditarlo con la licencia de actividad.
  • No podrás reformular la solicitud: lo que presentes es lo que se valora.
  • Las personas que contrates deben ser jóvenes de 17 a 25 años tuteladas/extuteladas por la Generalitat o con informe de riesgo de exclusión de Servicios Sociales, estar en situación de demandantes de empleo no ocupadas antes de iniciar el contrato y no haber sido contratadas en la convocatoria 2025 (Resolución EMT/2922/2025).

Requisitos

  • Puedes ser beneficiaria si eres administración local de Cataluña, organismo autónomo o entidad con competencia en políticas activas de ocupación, desarrollo local y promoción del empleo dependiente o vinculada a ellas.
  • Puedes ser beneficiaria si eres entidad sin ánimo de lucro legalmente constituida con centro de trabajo en Cataluña.
  • Puedes ser beneficiaria si eres empresa de inserción acreditada y legalmente constituida con centro de trabajo en Cataluña, conforme a la Ley 27/2002.
  • El proyecto lo puede presentar una sola entidad o varias entidades beneficiarias agrupadas en una única solicitud.
  • Debes acreditar el cumplimiento de los requisitos de la base 4 firmando las declaraciones responsables que incluye la solicitud.
  • Si presentas proyectos en más de un territorio, tienes que presentar una solicitud diferente por territorio y disponer allí de centro de trabajo; las contrataciones se formalizan en los centros de trabajo de ese territorio.
  • Las personas contratadas deben ser jóvenes de 17 a 25 años tuteladas o extuteladas por la Generalitat de Catalunya, o con documento acreditativo de riesgo de exclusión social emitido por Servicios Sociales.
  • Las personas destinatarias deben estar en situación de demandantes de empleo no ocupadas (DONO) antes de la fecha de inicio de la relación laboral.
  • Las personas destinatarias no pueden haber sido contratadas en la convocatoria 2025 del mismo programa.
  • Los contratos de las entidades locales y de las entidades sin ánimo de lucro deben tener una duración de 12 meses a jornada completa.
  • La formación es obligatoria para las personas destinatarias y cada participante solo puede hacer un tipo: certificado profesional o formación transversal.
  • Debes adoptar las medidas de publicidad del cofinanciamiento del FSE+ (emblema de la Unión, descripción en tu web y redes, cartel A3 visible).

Documentación que piden

  • Solicitud con las declaraciones responsables de cumplimiento de requisitos de la base 4
  • La documentación indicada en la base 11 del anexo 1 de la Orden EMT/89/2024, de 24 de abril
  • Licencia de actividad que acredite centro de trabajo en cada territorio (empresas de inserción, base 3.1 c, que presenten proyectos en más de un territorio)
  • Documento de agrupación de entidades beneficiarias (en caso de agrupación), según modelo normalizado
  • Declaración responsable de entidades agrupadas (en caso de agrupación), según modelo normalizado
  • Documento de aceptación de la subvención, según modelo normalizado (fase de ejecución)
  • Declaración responsable sobre retribuciones de los órganos de dirección o administración (fase de ejecución)

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