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GanaSubvenciones

Resolución nº 1292, de 26/02/26, del Presidente de J. Municipal del D. Bellavista-La Palmera, por la que se convocan subvenciones mediante modalidad “Ayudas en Especie”, destinadas a entidades ciudadanas del D. Bellavista-La Palmera.

Convoca SEVILLA

Para qué es

Conceder subvenciones en forma de "ayudas en especie" (servicios y suministros, no dinero) para que las entidades ciudadanas del Distrito Bellavista-La Palmera de Sevilla organicen eventos vecinales (festejos, viajes y actividades lúdicas y festivas) que faciliten la participación ciudadana en la vida pública, económica, cultural y social en 2026, fortaleciendo el tejido asociativo.

Criterios de valoración

Los criterios de valoración están en otro documento: no se establecen criterios de valoración comparativa: régimen de evaluación individualizada con adjudicación directa por orden cronológico de presentación de las solicitudes.

Lo que deja fuera

Si no cumples alguno, la solicitud se inadmite sin llegar a puntuarse.

  • Tienes que tener el domicilio de la entidad en el ámbito del Distrito Bellavista-La Palmera: si tu sede está en otro distrito de Sevilla, no puedes presentarte.
  • Tienes que estar inscrita en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Sevilla desde el momento de presentar la solicitud y mantenerlo durante el ejercicio de la concesión.
  • Solo entidades ciudadanas sin ánimo de lucro; quedan fuera las que tengan fines exclusivamente políticos, sindicales, mercantiles o religiosos.
  • Cada solicitud debe presentarse al menos 30 días antes del inicio de la actividad; si la presentas más tarde, no llega a tiempo.
  • La actividad tiene que celebrarse en 2026 y como máximo el 10 de noviembre de 2026, sin excepción.
  • Debes precisar en la solicitud las actividades definidas claramente, con contenido y fecha, y los conceptos solicitados: si no, la solicitud no se tiene en cuenta.
  • No puedes tener pendiente la justificación de subvenciones anteriores del Distrito Bellavista-La Palmera ni deudas por reintegro: eso conlleva la denegación.
  • Hay que aceptar expresamente la subvención (Anexo VIII) en 10 días desde la notificación; si no, se entiende que desistes.
  • Se concede por orden cronológico de entrada hasta agotar el crédito de cada modalidad: si el crédito se agota, tu solicitud se queda fuera.

Requisitos

  • Ser entidad ciudadana sin ánimo de lucro con domicilio en el ámbito del Distrito Bellavista-La Palmera e inscrita en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Sevilla, cumpliendo ambos requisitos desde la solicitud y durante el ejercicio de la concesión.
  • Tener personalidad jurídica y capacidad de obrar y estar debidamente inscrita en el registro que te corresponda.
  • No estar incursa en las causas de prohibición para percibir subvenciones del art. 13 de la Ley General de Subvenciones.
  • Estar al corriente con Hacienda municipal, con la Agencia Estatal de Administración Tributaria y con la Seguridad Social.
  • Tener objetivos y finalidades coincidentes con los de esta convocatoria.
  • Estar al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones concedidas por el Distrito Bellavista-La Palmera.
  • Haber justificado cualquier subvención concedida antes por el Distrito Bellavista-La Palmera, una vez vencido el plazo para ello.
  • No incurrir en las causas de prohibición de los apartados 5 y 6 del art. 4 de la Ley Orgánica 1/2002 del Derecho de Asociación.
  • Garantizar un funcionamiento democrático, la participación de los asociados y el cumplimiento del objetivo social (su ausencia puede motivar la denegación).
  • Obtener por tu cuenta las licencias, autorizaciones y derechos de autor (SGAE u otras) que la actividad requiera.
  • Dar publicidad del carácter público de la financiación, incorporando la imagen corporativa municipal con referencia al Distrito, y acreditarlo en la justificación.

Documentación que piden

  • Solicitud de ayuda firmada por el representante y cumplimentada en todos sus apartados (Anexo I), acompañada de los Anexos I.A, I.B y/o I.C que procedan
  • Acreditación por el Secretario de la entidad de que quien formula la solicitud es el representante legal (Anexo II), con copia del DNI o NIE en vigor de ambos
  • Documentación acreditativa del nombramiento si hay cambios de cargos no inscritos en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas
  • Tarjeta de Identificación Fiscal de la entidad y Estatutos vigentes adaptados a la Ley Orgánica 1/02
  • Declaración responsable de no hallarse en causas de prohibición para ser beneficiaria y autorización para recabar datos tributarios y de Seguridad Social (Anexo III)
  • Declaración responsable sobre financiación de la actividad y sobre aportación de la entidad al coste (Anexo IV)
  • Si procede, declaración responsable de no haber solicitado otras ayudas (Anexo V)
  • Si procede, documento de concesión de la aportación de otras entidades financiadoras o copia de la solicitud si aún no está concedida
  • Certificados en vigor de estar al corriente con la AEAT, el Ayuntamiento de Sevilla y la Seguridad Social, si no autorizas al Ayuntamiento a recabarlos
  • Comunicación de cuenta de correo electrónico para avisos de notificación en sede electrónica (Anexo VI)
  • Comunicación de documentación ya aportada al Ayuntamiento, indicando expediente, fecha y órgano (Anexo VII)
  • Documento de aceptación de la subvención (Anexo VIII), una vez notificada la concesión
  • Memoria final justificativa de la realización de la actividad (Anexo IX)
  • Declaración responsable de haber celebrado la actividad con los servicios y/o suministros subvencionados (Anexo X)

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