Saltar al contenido
GanaSubvenciones

Resolución TER//2026, de 29 de abril, por la que se abre la convocatoria para la concesión de las subvenciones del Programa de rehabilitación de viviendas de titularidad pública y privada, para fomentar el arraigo y repoblación en entornos rurales

Convoca CATALUÑA

Para qué es

Financiar la rehabilitación de viviendas de titularidad pública y privada situadas en municipios rurales de Cataluña para fomentar el arraigo y la repoblación en entornos rurales, en la convocatoria de 2026 y en régimen de concurrencia pública no competitiva.

Criterios de valoración

Los criterios de valoración están en otro documento: Resolución TER/723/2026, de 11 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras (DOGC núm. 9626, de 17.3.2026); la convocatoria es en régimen de concurrencia pública no competitiva y no fija criterios de valoración.

Lo que deja fuera

Si no cumples alguno, la solicitud se inadmite sin llegar a puntuarse.

  • La vivienda tiene que estar situada en uno de los municipios del listado publicado en https://agenciahabitatge.gencat.cat/monrural2026: si no está en la lista, no puedes pedirla.
  • No puedes haber iniciado las obras antes del 1 de enero de 2025.
  • Solo puedes presentar la solicitud entre el 18 de mayo de 2026 a las 09:00 y el 10 de septiembre de 2026 a las 14:00 horas.
  • Tienes que acreditar la titularidad de la vivienda con nota simple del Registro de la Propiedad (o el título de cesión de uso si eres cesionario que ejecuta las obras).
  • Si alegas vivienda vacía, tienes que acreditar que ha estado desocupada permanentemente más de dos años.
  • Si eres persona jurídica (art. 14.2 de la Ley 39/2015), estás obligada a presentar la solicitud por medios electrónicos.
  • Si el presupuesto de la actuación es igual o superior a 40.000 € en obra (o 15.000 € en suministros/servicios), tienes que aportar tres ofertas de empresas distintas antes de contratar.

Requisitos

  • La vivienda debe estar situada en los municipios relacionados en el enlace web de la convocatoria.
  • Las obras no pueden haberse iniciado antes del 1 de enero de 2025.
  • Debes acreditar la titularidad de la vivienda mediante nota simple del Registro de la Propiedad, tanto si eres persona física como jurídica.
  • Si se trata de vivienda vacía, debes acreditar que ha estado desocupada permanentemente más de dos años, según la base reguladora 5.2.1.
  • Si eres cesionario y el propietario te cede el inmueble para hacer las obras, debes aportar el título acreditativo de la cesión de uso.
  • Si el solicitante es una cooperativa, debe aportar los instrumentos de mediación o gestión.
  • Con presupuesto igual o superior a 40.000 € (obra) o 15.000 € (suministro o servicios), debes aportar tres ofertas de diferentes empresas antes de contratar.
  • Si no eliges la oferta económica más ventajosa, debes presentar una memoria explicativa que lo justifique.
  • Las obras deben contar con licencia municipal de obras o autorizaciones municipales vigentes durante toda la ejecución.

Documentación que piden

  • Solicitud en impreso normalizado debidamente cumplimentada y firmada, dirigida a la Agencia de la Vivienda de Cataluña
  • Consentimiento y declaración responsable con autorización de consulta de datos de carácter general
  • Nota simple del Registro de la Propiedad que acredite la titularidad de la vivienda
  • Certificado del acuerdo de las personas propietarias físicas o jurídicas (documento normalizado RE-720, versión V5)
  • Documentación acreditativa de que la vivienda vacía ha estado desocupada permanentemente más de dos años
  • Título acreditativo de la cesión de uso de la vivienda (si procede)
  • Instrumentos de mediación o gestión (si el solicitante es cooperativa)
  • Solicitud de calificación provisional de la vivienda (si el destino es cesión de uso por un mínimo de cincuenta años)
  • Información de los datos relativos a la inspección técnica previa, en su caso
  • Proyecto técnico (básico y ejecutivo) de rehabilitación redactado por personal técnico competente, o memoria técnica si la actuación no exige proyecto
  • Oferta del presupuesto de la empresa o empresas designadas, desglosado con estado de mediciones y precios unitarios
  • Hoja resumen del coste total de las obras (documento normalizado RE-726, versión V6)
  • Tres ofertas de diferentes empresas cuando el presupuesto sea igual o superior a 40.000 € en obra o 15.000 € en suministros o servicios
  • Reportaje fotográfico a color de las zonas afectadas antes de la actuación
  • Declaración responsable del técnico competente sobre las condiciones mínimas de seguridad estructural
  • Certificado urbanístico municipal que permita el cambio de uso o la subdivisión, en su caso
  • Comunicado de inicio de las obras (documento normalizado RE-729)
  • Certificado o acta de inicio de las obras firmado por personal técnico competente
  • Licencia municipal de obras o autorizaciones municipales y sus prórrogas
  • Presupuesto de contrato de la empresa firmado por la empresa y las personas beneficiarias
  • Documentación del concurso, su resolución y la licitación de la obra, en viviendas de titularidad pública
  • Memoria económica sobre el coste de las actividades realizadas con relación clasificada de gastos y facturas y justificantes de pago
  • Declaración responsable de la persona beneficiaria (documento normalizado de la web de trámites)
  • Documento normalizado RE-704 de transferencia bancaria para el pago de la subvención
  • Documento normalizado RE-1048 (versión V2) de cesión de derechos de cobro, en su caso
  • Certificado de empadronamiento del beneficiario o del nuevo usuario de la vivienda rehabilitada
  • Solicitud de inscripción en la Bolsa de Vivienda de alquiler con mínimo de 10 años de permanencia o contrato de alquiler a familiares hasta segundo grado
  • Solicitud de calificación definitiva de viviendas con protección oficial (documento normalizado P-205), si el destino es cesión de uso a cincuenta años
  • Memoria técnica explicativa final firmada por el técnico competente
  • Comunicado de final de obra y justificación del gasto y anexo (documento normalizado RE-730)
  • Certificado final de obras y anexos A y B, en su caso
  • Fotografías en color y soporte digital de las obras realizadas
  • Número de expediente de cédula de habitabilidad vigente de la vivienda rehabilitada
  • Certificado de eficiencia energética (CEE) final del edificio y viviendas rehabilitados
  • Certificado de aptitud apto, en el caso de edificios de viviendas
  • Certificado de instalación eléctrica de baja tensión (OGE) si se instalan equipos de energías renovables
  • Documento de inscripción en el RITSIC con número de RAE y demás certificados para actuaciones de seguridad de utilización y accesibilidad
  • Documentación técnica final ('as built') si la solución inicial ha sufrido modificaciones

No te enteres tarde

Sigue las convocatorias que te interesan y recibe un correo el día que abren, cambian de fecha o corrigen las bases.

Empezar gratis

Busca, analiza y gestiona tus subvenciones en un solo sitio

Buscar subvenciones. Todas las convocatorias del Tercer Sector con el plazo ya calculado, filtradas por ámbito, territorio y quién convoca.