Subvención del Fondo de Residuos 2026. Flujo de domésticos plurianual - inversiones vertebradoras
Convoca COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA
Para qué es
Financiar, en régimen de concurrencia competitiva, inversiones en infraestructuras vertebradoras de tratamiento de residuos domésticos y comerciales de Navarra (prevención, recogida, transporte y tratamiento), a ejecutar entre 2026 y 2029, con un crédito total de 8.800.000 €.
Criterios de valoración
Con el peso que les da la convocatoria. Es lo que puntúa.
- Coherencia, calidad y claridad de la memoria del proyectoQue la memoria explique con detalle objetivos, indicadores y resultados previstos, y sea coherente y clara. Se reparte en tres subapartados (calidad, coherencia y claridad).10 puntos
- Calidad del proyecto (subcriterio de la memoria)Grado de detalle técnico y descriptivo de la memoria: objetivos, indicadores y resultados previstos.4 puntos
- Coherencia del proyecto (subcriterio de la memoria)Viabilidad económica y ambiental, alcance y seguimiento, y planificación de objetivos alineada con el Plan de Residuos de Navarra 2017-2027.3 puntos
- Claridad del proyecto (subcriterio de la memoria)Nivel de conocimiento, explicación y justificación de las actuaciones proyectadas para alcanzar los beneficios ambientales esperados.3 puntos
- Tipo de proyecto: plantas de selección de envasesQue el proyecto sea de mejora, equipación o adquisición de instalaciones de tratamiento de residuos de envases; es una de las dos tipologías mejor puntuadas.20 puntos
- Tipo de proyecto: plantas de compostajeQue el proyecto sea construcción, mejora o equipación de instalaciones de tratamiento de biorresiduos; es una de las dos tipologías mejor puntuadas.20 puntos
- Tipo de proyecto: plantas de transferenciaQue el proyecto sea construcción, adquisición o adecuación de plantas de transferencia para agrupar residuos domésticos y comerciales.10 puntos
- Tipo de proyecto: plantas TMBQue el proyecto sea mejora o equipación de plantas existentes de fracción resto sin aumento de capacidad autorizada; es la tipología menos puntuada.5 puntos
- Indicador a) Eficiencia de valorización de la fracción tratadaMejora relativa entre rendimiento previsto y actual (% de materiales valorizables recuperados o % de rechazo final), con escala del Anexo IV: 0 puntos si la mejora es menor del 5 %, 5 puntos del 5 al 10 %, 10 puntos del 10 al 15 % y 20 puntos por encima del 15 %. Hay que aportar valor actual, valor previsto y justificación técnica.20 puntos
- Indicador b) Impacto directo en capacidad operativa o rendimientoMejora medible en la métrica principal elegida (toneladas tratadas/año, horas operativas, reducción de paradas o rendimiento de línea): 0 puntos sin impacto medible, 5 si el incremento es menor del 5 %, 10 entre 5-10 %, 15 entre 10-20 % y 20 por encima del 20 %.20 puntos
- Indicador c) Relevancia estratégica de la infraestructuraPuntuación acumulable del Anexo IV: 15 puntos si es infraestructura única o vertebradora en su zona funcional (única de su tipología o que sirve a 3 o más entidades locales), 8 puntos por servir a más de 50.000 habitantes, 5 adicionales por más de 100.000, y 2 por reducción de transporte interterritorial. Requiere certificaciones oficiales de población y plano del ámbito de servicio.30 puntos
- Indicador d) Sostenibilidad operativa de la instalaciónPuntuación acumulativa por medidas verificables: 3 puntos por reducir el consumo energético específico un 10 % o más, 3 por mejoras en emisiones y captaciones, 2 por mejora de gestión de aguas y lixiviados y 2 por incorporación de energías renovables. Solo se valora la existencia de la mejora (sí/no).10 puntos
Lo que deja fuera
Si no cumples alguno, la solicitud se inadmite sin llegar a puntuarse.
- Solo pueden pedirla entidades locales de Navarra con la competencia de recogida, transporte o gestión de residuos domésticos que entreguen los residuos a una instalación de tratamiento de Navarra: si eres una asociación, fundación u otra entidad del tercer sector, no puedes presentarte.
- Si la competencia está delegada en una asociación de varias entidades locales, la beneficiaria tiene que ser esa asociación, no el municipio.
- Tu proyecto tiene que contemplar una inversión mínima de 600.000 euros excluidos los impuestos; por debajo de esa cifra no es subvencionable.
- No se subvencionan actuaciones iniciadas antes del 1 de enero de 2026.
- Solo se admite una solicitud por entidad y un único proyecto por solicitud: si presentas varias, solo se evalúa la primera por orden de registro, y si la solicitud tiene varios proyectos solo se evalúa el descrito en primer lugar.
- Si quieres construir una nueva planta de compostaje, en un radio de 25 km no puede haber ya plantas de compostaje de gestión pública en funcionamiento o en construcción.
- Quedan fuera las actuaciones que amplíen la capacidad de tratamiento de las plantas de fracción resto y las que ya tengan dotación por la responsabilidad ampliada del productor.
- La solicitud y toda la documentación se presentan obligatoriamente de forma telemática, con certificado electrónico reconocido.
- Tienes dos meses desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra para presentar la solicitud.
- Cada entidad puede recibir como máximo 2.500.000 €, salvo en el reparto del crédito sobrante.
Requisitos
- Ser entidad local de la Comunidad Foral de Navarra con la competencia atribuida de recogida, transporte o gestión de residuos domésticos y entregar los residuos a una instalación de tratamiento de Navarra.
- Si la competencia está delegada en una asociación de varias entidades locales, la beneficiaria es esa asociación.
- También puede ser beneficiario el Consorcio para el tratamiento de residuos urbanos de Navarra.
- También pueden ser beneficiarias las entidades creadas por las entidades locales al amparo del artículo 192.2 de la Ley Foral 6/1990 de la Administración Local de Navarra.
- Cumplir los requisitos generales del artículo 13 de la Ley Foral 11/2005 de Subvenciones, acreditables mediante la declaración responsable del formulario de solicitud, y mantenerlos hasta el abono.
- Estar al corriente en las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social (se comprueba de oficio salvo oposición expresa, en cuyo caso tienes que aportar los certificados).
- El proyecto tiene que contemplar una inversión mínima de 600.000 euros excluidos los impuestos y encuadrarse en uno de los cuatro tipos de la Base 2.
- Presentar una sola solicitud con un único proyecto, eligiendo la tipología principal a efectos de evaluación si el proyecto incluye más de una.
- Acreditar la elección del proveedor con un mínimo de tres ofertas cuando el gasto supere 30.000 € (obra) o 12.000 € (bienes de equipo, consultoría o asistencia), IVA excluido.
- Mantener los bienes de equipo o inmuebles subvencionados en tu patrimonio y adscritos al fin de la subvención siete años si son inscribibles en registro público o dos años el resto.
- Implementar durante la relación subvencional alguna medida para la consecución de fines sociales (inserción laboral, igualdad, conciliación, subcontratación con centros especiales de empleo…) y acreditarla en la justificación.
- Dar publicidad activa de la subvención incluyendo el logo del Fondo de Residuos en todos los materiales financiados.
- Mantener un sistema de contabilidad separado o un código contable adecuado para todas las transacciones del proyecto.
- La ayuda es compatible con otras subvenciones, pero el total no puede superar el coste del proyecto.
Documentación que piden
- Formulario de solicitud (Anexo II) indicando el título del proyecto
- Memoria con descripción detallada y alcance del proyecto, aportando anteproyecto o estudio preliminar
- Presupuesto estimado del proyecto
- Planning de las actuaciones, con fecha final estimada de cumplimiento de objetivos
- Medidas de difusión previstas para dar publicidad a los fondos recibidos
- Información mínima de cada indicador en la memoria, conforme a los criterios y escalas del Anexo IV
- Certificados de estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, solo si te opones expresamente a que los obtenga la Administración
- Anexo VI (Justificación de la elección del proveedor) con tres ofertas, cuando el gasto supere 30.000 € en obra o 12.000 € en suministros o servicios
- Anexo III (solicitud de anticipo) y documentación contable del último ejercicio, si pides abono anticipado
- Declaración responsable sobre igualdad entre mujeres y hombres (Anexo V), en la fase de justificación