SUBVENCIONES A ASOCIACIONES CON DESTINO A GASTOS ORDINARIOS Y PARA FESTEJOS POPULARES REALIZADOS EN 2026
Convoca ILLAS
Para qué es
Financiar, en el término municipal de Illas y para el año 2026, tres líneas de ayudas a asociaciones y colectivos: gastos ordinarios de funcionamiento, organización de fiestas populares y organización de competiciones deportivas oficiales celebradas en el concejo.
Criterios de valoración
Con el peso que les da la convocatoria. Es lo que puntúa.
- Línea 1 – Interés social de las actividades propuestasQue la memoria demuestre el interés social de las actividades de la asociación o colectivo, siendo de interés general y abiertas a la participación vecinal.Concepto valorado en orden decreciente (1.º de la Línea 1)
- Línea 1 – Interés deportivo del eventoQue se acredite la relevancia deportiva del evento incluido en la actividad.Concepto valorado en orden decreciente (2.º de la Línea 1)
- Línea 2 – Interés social de la fiestaQue la memoria justifique el interés social de la fiesta popular que se organiza.Concepto valorado en orden decreciente (1.º de la Línea 2)
- Línea 2 – Antigüedad de la fiestaQue acredites el historial de celebración de la fiesta en los últimos veinticinco años; se aplica el límite de una fiesta por localidad.Concepto valorado en orden decreciente (2.º de la Línea 2)
- Línea 3 – Carácter oficial y ámbito territorial de la competiciónQue la prueba puntúe en una competición oficial y el ámbito territorial de esa competición.Concepto valorado en orden decreciente (1.º de la Línea 3)
- Línea 3 – Número de participantes en ediciones anterioresQue aportes datos de participación de las ediciones anteriores de la prueba.Concepto valorado en orden decreciente (2.º de la Línea 3)
- Línea 3 – Ediciones celebradas en el término municipalQue acredites cuántas ediciones de la prueba se han celebrado en el municipio.Concepto valorado en orden decreciente (3.º de la Línea 3)
- Línea 3 – Proporción del recorrido por el término municipalQue indiques qué parte del recorrido de la prueba transcurre por el término municipal.Concepto valorado en orden decreciente (4.º de la Línea 3)
Lo que deja fuera
Si no cumples alguno, la solicitud se inadmite sin llegar a puntuarse.
- Tienes que estar inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones y desarrollar tu actividad en el Concejo de Illas (también pueden pedirla asociaciones de vecinos que promocionan las fiestas populares y personas físicas o colectivos para iniciativas de interés ciudadano sin ánimo de lucro).
- Solo puedes pedir una de las tres líneas: si marcas más de una, la solicitud no encaja en las bases.
- Tienes un mes desde el día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial del Principado de Asturias para presentar la solicitud.
- Los topes son muy bajos: 200 € en la Línea 1, 1.000 € en la Línea 2 y 2.000 € en la Línea 3.
- Solo son subvencionables los gastos realizados entre el 1 de enero y el 30 de noviembre de 2026.
- En las Líneas 2 y 3 el seguro de responsabilidad civil es obligatorio (en la Línea 1 solo si procede).
- En la Línea 3, si la prueba se celebra en un recorrido, más del 50 % debe discurrir por el término municipal y la salida y la llegada deben estar dentro de él.
- Si no justificaste una subvención anterior, quedas inadmitida en la convocatoria del ejercicio siguiente.
- Si no subsanas la documentación en 10 días, se te tiene por desistida y se archiva la solicitud.
Requisitos
- Estar inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones y desarrollar la actividad en el Concejo
- También pueden ser beneficiarias personas físicas o colectivos con iniciativas de interés ciudadano sin ánimo de lucro en el término municipal
- Solicitar la subvención con cargo a una sola de las tres líneas
- En la Línea 3, la competición debe ser oficial y celebrarse en el término municipal; si es en recorrido, más del 50 % por el municipio y salida y llegada dentro
- Comprometerte a suscribir seguro de responsabilidad civil (obligatorio en Líneas 2 y 3)
- Hallarte al corriente de las obligaciones tributarias estatales, autonómicas y de la Seguridad Social
- No estar incursa en las causas de incapacidad o incompatibilidad del artículo 13 de la Ley 38/2003
- En la Línea 1, las actividades deben ser de interés general y abiertas a la participación vecinal
- Aportar cuenta bancaria cuyo titular sea la persona física o jurídica solicitante para el cobro
Documentación que piden
- Solicitud según el modelo oficial del Anexo I, firmada, marcando una sola línea
- Fotocopia compulsada de los estatutos, de la inscripción en el Registro correspondiente y del código de identificación fiscal
- Acreditación de la condición de representante del firmante (Anexo II), si no se presentó antes o ha variado
- Ficha de Acreedor con los datos de la cuenta bancaria a nombre del solicitante
- Memoria con el programa detallado y presupuesto total desglosado por ingresos y gastos de las actividades a realizar en 2026, justificando los conceptos de los criterios de la base sexta
- Declaración de las subvenciones y ayudas solicitadas y concedidas para la misma finalidad, con su cuantía
- Compromiso de suscribir un seguro de responsabilidad civil comprensivo de la actividad (obligatorio en líneas 2 y 3)
- Declaración responsable de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias estatales, autonómicas y de la Seguridad Social
- Resumen detallado de los ingresos y gastos relacionados con los festejos celebrados
- Certificaciones de estar al corriente con Agencia Tributaria y Seguridad Social o autorización al Ayuntamiento para comprobarlo