Subvenciones a las asociaciones de pesca fluvial para el fomento, mantenimiento y ordenado aprovechamiento de especies piscícolas en el Principado de Asturias año 2026
Convoca PRINCIPADO DE ASTURIAS
Para qué es
Financiar actuaciones de asociaciones y federaciones de pesca fluvial que contribuyan al mantenimiento y ordenado aprovechamiento de los recursos piscícolas fluviales en el Principado de Asturias, con un crédito total de 91.000 € para 2026 en régimen de concurrencia competitiva.
Criterios de valoración
Los criterios de valoración están en otro documento: Punto 3 de la base reguladora Novena y base reguladora Quinta de las Bases Reguladoras aprobadas por Resolución de 3 de septiembre de 2018 (BOPA Nº 210, 10-IX-2018); el importe global se prorratea entre los beneficiarios.
Lo que deja fuera
Si no cumples alguno, la solicitud se inadmite sin llegar a puntuarse.
- Solo puedes presentarte si eres una asociación legalmente constituida con fines de fomento de la pesca fluvial o una federación de pesca fluvial: no entra ninguna otra entidad. Cita: «asociaciones legalmente constituidas con fines de fomento de la pesca fluvial y las federaciones de pesca fluvial»
- Las actuaciones tienen que ejecutarse en territorio asturiano: «Las actuaciones subvencionables deben realizarse en el territorio del Principado de Asturias.»
- Los gastos tienen que estar realizados, finalizados y PAGADOS entre el 31 de agosto de 2025 y el 1 de septiembre de 2026; lo de fuera de esas fechas no se admite.
- Tienes que presentar los justificantes de gasto y de pago YA CON LA SOLICITUD: no hay justificación posterior. Si no los aportas, no acreditas la actuación.
- Las facturas han de ser originales, con constancia de haber sido pagadas, firma y sello del proveedor y justificante bancario; para importes superiores a 500 € no valen recibís ni anotaciones en la factura.
- El plazo es muy corto y cerrado: del 10 al 24 de septiembre de 2026, ambos inclusive.
- La solicitud solo se puede presentar por medios electrónicos, en los modelos normalizados de la sede electrónica (ficha de servicio AYUD0243T01).
- No puedes concurrir si incurres en alguna de las prohibiciones del artículo 13.2 y 13.3 de la Ley General de Subvenciones.
Requisitos
- Ser asociación legalmente constituida con fines de fomento de la pesca fluvial o federación de pesca fluvial
- No incurrir en las prohibiciones del artículo 13.2 y 13.3 de la Ley General de Subvenciones
- Ejecutar las actuaciones en el territorio del Principado de Asturias
- Acreditar las actuaciones aportando junto a la solicitud la relación de actividades y los justificantes de gasto y de pago
- Presentar facturas originales, pagadas, con firma y sello del proveedor y justificante de ingreso o transferencia bancaria
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal y del Principado de Asturias y con la Seguridad Social
- Presentar la solicitud exclusivamente por medios electrónicos en los modelos normalizados
Documentación que piden
- Certificación del Secretario de la asociación o federación de que el presentador actúa en representación de la misma
- Ficha de acreedores cumplimentada con nombre del titular, número de cuenta corriente y entidad bancaria conformada por la misma (si no se aportó nunca o hubo modificaciones)
- Certificación de hallarse al corriente en las obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal, la Hacienda del Principado de Asturias y frente a la Seguridad Social
- Declaración responsable de no estar incurso en los supuestos del artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003 (anexo IV de la Resolución de convocatoria)
- Enumeración de las actuaciones o gastos realizados con asignación de justificantes: nóminas y/o facturas originales acompañadas del justificante del ingreso o transferencia bancaria
- Relación de gastos de actuaciones de repoblación, jornadas, limpieza de ríos o censos con indicación de fechas y lugares de realización
- Relación de las actividades desarrolladas junto con los justificantes de gastos y de pago