Subvenciones para acciones humanitarias de emergencia
Convoca ORDIZIA
Para qué es
Financiar acciones humanitarias de emergencia dirigidas a personas y comunidades afectadas por catástrofes naturales, conflictos armados u otras circunstancias comparables, en el marco de la cooperación y la solidaridad global del Ayuntamiento de Ordizia.
Criterios de valoración
Los criterios de valoración están en otro documento: No se establece baremo en estas bases: la concesión es por concurrencia sucesiva y se adjudica por orden de presentación de solicitudes, remitiéndose a la Sección 1ª del Título II de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Ordizia (las bases solo piden una memoria expositiva del cumplimiento de los criterios de valoración).
Lo que deja fuera
Si no cumples alguno, la solicitud se inadmite sin llegar a puntuarse.
- Necesitas tener la sede central o una delegación permanente en la Comunidad Autónoma del País Vasco: es un requisito específico y sin él no puedes pedirla.
- Tienes que ser una organización o institución no gubernamental con personalidad jurídica y sin ánimo de lucro (ONGD o congregación religiosa) cuya actividad coincida con el objeto de la convocatoria.
- No hay baremo: se adjudica por orden de presentación de solicitudes (concurrencia sucesiva abierta de forma permanente). Presentarte pronto es decisivo.
- Si se agota el crédito presupuestario tu solicitud será desestimada, y tras la publicación oficial del agotamiento las nuevas solicitudes ni se admiten.
- El plazo termina el 31 de octubre de 2026 (empieza con la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Gipuzkoa).
- La subvención por proyecto no puede superar los 2.000 euros: no plantees un presupuesto que dependa de más ayuda municipal.
- El proyecto debe ejecutarse en un plazo máximo de 6 meses.
- Si eres persona jurídica estás obligada a presentar la solicitud por vía telemática.
- Si tu solicitud no reúne los requisitos, solo tienes 10 días improrrogables para subsanar o se te tendrá por desistida.
- Debes estar al corriente con la Seguridad Social, Hacienda y el propio Ayuntamiento de Ordizia (se comprueba de oficio vía NISAE).
Requisitos
- Ser una organización o institución no gubernamental con personalidad jurídica y sin ánimo de lucro (por ejemplo ONGD o congregación religiosa) cuya actividad coincida con el objeto de la convocatoria
- Tener la sede central o una delegación permanente en la CAPV
- Estar al corriente de tus obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Ordizia
- No estar en ninguno de los supuestos del artículo 13 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones
- No estar sancionada administrativa o penalmente por discriminación por violencia de género durante el periodo de la sanción
- Presentar el proyecto con detalle, indicando objetivo y acciones que se van a realizar
- Si recibes la subvención, participar en el espacio de muestra y sensibilización que pueda organizar el Ayuntamiento
- Usar lenguaje no sexista y evitar imágenes discriminatorias o estereotipos de género en la documentación, publicidad y materiales
Documentación que piden
- Impreso de solicitud específico disponible en la página web del Ayuntamiento
- Memoria expositiva del cumplimiento de los criterios de valoración
- Descripción detallada del proyecto (objetivo y acciones a realizar)