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GanaSubvenciones

Subvenciones para la realización de actuaciones de fomento del emprendimiento año 2026

Convoca DIPUTACIÓN PROV. DE TARRAGONA

Para qué es

Financiar actuaciones de fomento del emprendimiento y apoyo a la empresa que contribuyan a impulsar el desarrollo económico en las comarcas del Camp de Tarragona, las Terres de l'Ebre y el Baix Penedès (Diputación de Tarragona, convocatoria anticipada 2026, en concurrencia competitiva).

Criterios de valoración

Con el peso que les da la convocatoria. Es lo que puntúa.

  1. Ámbito territorial de las actuaciones (criterio general)Demostrar que las actuaciones tienen alcance más allá de un solo municipio: cuanto más amplio el territorio (varias comarcas), más puntos.Hasta 40 puntos (municipal 15, comarcal 25, más de una comarca 40)
  2. Colaboración con otros agentes socioeconómicos (criterio general)Acreditar con cuántos agentes socioeconómicos (entidades, asociaciones u otras personas jurídicas que generen sinergias y oportunidades socioeconómicas en el territorio) desarrollas las actuaciones.Hasta 60 puntos (1 agente 10, 2 agentes 30, más de 2 agentes 60)
  3. Presencia digital actualizada y promoción en redes sociales (criterio general)Tener presencia digital actualizada (Google, redes sociales) y promocionar las actuaciones en redes; hay que adjuntar los enlaces en la justificación.Hasta 40 puntos (1 red 10, entre 2 y 3 redes 25, a partir de 4 redes 40)
  4. Número de acciones ejecutadas (criterio específico)Indicar cuántas acciones se ejecutan y la fecha o periodo previsto o realizado de ejecución.Hasta 50 puntos (1-2 actividades 10, 3-4 actividades 25, más de 4 actividades 50)
  5. Duración total de las actividades (criterio específico)Sumar horas de actividades dirigidas a mejorar conocimientos y habilidades de personas emprendedoras y empresarias; solo computan acciones diferenciadas, no las subacciones ni las ediciones repetidas del mismo contenido.Hasta 50 puntos (10-20 horas 10, 20-49 horas 25, a partir de 50 horas 50)
  6. Número total de personas beneficiarias (criterio específico)Cuantificar cuántas personas se benefician de las actividades.Hasta 60 puntos (hasta 50 personas 10, de 50 a 100 personas 30, a partir de 100 personas 60)
  7. Perfil mayoritario de las personas beneficiarias (criterio específico)Acreditar que el perfil mayoritario son personas emprendedoras y empresas con actividad ya iniciada (puntúa el doble que el perfil de proyecto no iniciado).Hasta 60 puntos (emprendedores con proyecto no iniciado y/o por cuenta ajena 30; emprendedores y empresas con actividad iniciada 60)
  8. Número de empresas constituidas como resultado de las acciones (criterio específico)Demostrar cuántas empresas, con cualquier forma jurídica, se han constituido gracias a las acciones realizadas.Hasta 80 puntos (1-5 empresas 10, 6-9 empresas 40, a partir de 10 empresas 80)
  9. Número de empresas con servicio de seguimiento técnico para la consolidación (criterio específico)Acreditar a cuántas empresas prestas seguimiento técnico para consolidarlas, reducir el riesgo de fracaso y ganar competitividad.Hasta 100 puntos (1-5 empresas 10, 6-9 empresas 50, a partir de 10 empresas 100)
  10. Plan estratégico de la entidad (criterio específico)Disponer de un plan estratégico que englobe el conjunto de las actuaciones ejecutadas.100 puntos

Lo que deja fuera

Si no cumples alguno, la solicitud se inadmite sin llegar a puntuarse.

  • Solo pueden pedirla fundaciones privadas, asociaciones privadas y cámaras de comercio: si eres cooperativa, universidad, colegio profesional, gremio, escuela de negocios, empresa (pública o privada), administración pública, ente dependiente, consorcio o mancomunidad, quedas fuera de entrada.
  • Tus estatutos tienen que recoger como objetivo impulsar o promover el desarrollo económico en el Camp de Tarragona, las Terres de l'Ebre y el Baix Penedès mediante actividades de fomento del emprendimiento y apoyo a la empresa.
  • Las actuaciones tienen que realizarse en el Camp de Tarragona, las Terres de l'Ebre o el Baix Penedès.
  • Al tramitar tienes que declarar que eres persona jurídica privada sin ánimo de lucro inscrita en el registro público correspondiente (o corporación de derecho público con reglamento de régimen interior aprobado por la Generalitat).
  • Solo puedes presentar UNA solicitud que incluya todas las actuaciones del año; y solo por la Sede electrónica con certificado digital de representante de la entidad (el de persona física no vale).
  • No puedes incluir actuaciones que ya hayan sido subvencionadas previamente por la Diputación mediante subvenciones directas u otras convocatorias o planes de acción.
  • Las actividades de carácter únicamente lúdico o festivo no son subvencionables.
  • Tienes que estar al corriente con Hacienda y Seguridad Social y no ser deudora de la Diputación de Tarragona ni de sus organismos autónomos.
  • El plazo acaba el 4 de septiembre de 2026; si te requieren subsanación y no respondes en 10 días hábiles, se entiende que desistes.
  • La ejecución debe hacerse entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026, sin posibilidad de prórroga.

Requisitos

  • Ser fundación privada, asociación privada o cámara de comercio
  • Tener por objetivo estatutario impulsar o promover el desarrollo económico en el Camp de Tarragona, las Terres de l'Ebre y el Baix Penedès mediante actividades de fomento del emprendimiento y apoyo a la empresa
  • No estar entre las entidades excluidas: personas físicas, empresas, administraciones públicas y entes dependientes, consorcios y mancomunidades, universidades y entidades dependientes, escuelas de negocio, colegios profesionales, cooperativas y gremios
  • Estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
  • No ser deudora por ningún concepto de la Diputación de Tarragona ni de sus organismos autónomos
  • Declarar responsablemente que eres persona jurídica privada sin ánimo de lucro inscrita en el registro público correspondiente, o corporación de derecho público con reglamento de régimen interior aprobado por la Generalitat
  • Presentar una única solicitud que incluya todas las actuaciones a realizar durante el año de la convocatoria
  • Presentar y firmar la solicitud electrónicamente con certificado digital de representante de la entidad
  • Cumplir además los requisitos del artículo 13.2 de la Ley 38/2003 y de la base séptima de las Bases generales de subvenciones de la Diputación
  • Dar publicidad al apoyo de la Diputación en todos los espacios de difusión, incluida una noticia en la web corporativa y en las redes sociales activas con la frase «Amb el suport de la Diputació de Tarragona» y su logotipo
  • Si recibes 10.000 € o más, informar a la Diputación de las retribuciones de tus órganos de dirección o administración

Documentación que piden

  • Solicitud según modelo normalizado disponible en el trámite específico de la Sede electrónica
  • Declaración responsable sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social (incluida en el formulario de solicitud)
  • Breve descripción de las actividades orientadas a impulsar el desarrollo económico (incluida en la solicitud)
  • Presupuesto de las actuaciones (incluido en la solicitud)
  • Memoria descriptiva ampliada de las actividades de fomento del emprendimiento y apoyo a la empresa, cuantificadas según los apartados de los criterios de valoración
  • Declaración responsable de ser persona jurídica privada sin ánimo de lucro inscrita en el registro público correspondiente (o corporación de derecho público con reglamento aprobado por la Generalitat), efectuada al hacer el trámite

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