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GanaSubvenciones

Subvenciones para proyectos de investigación aplicada y desarroloo tecnológico para la cadena de valor sector de la quimica 2026

Convoca CATALUÑA

Para qué es

Financiar proyectos de investigación aplicada y desarrollo tecnológico (I+D) de la cadena de valor del sector químico en Cataluña, realizados por empresas y por agentes de transferencia tecnológica con acreditación vigente TECNIO, subvencionando parte de sus costes para lograr un progreso tecnológico (avance mínimo de un nivel TRL) y movilizar la inversión en I+D.

Criterios de valoración

Con el peso que les da la convocatoria. Es lo que puntúa.

  1. Bloque I. Valor tecnológico del proyecto (mínimo 100 puntos)Bloque con puntuación mínima obligatoria: si no alcanzas 100 puntos aquí el proyecto es no elegible. Agrupa los criterios 1.1 y 1.2.200 puntos
  2. 1.1. Objetivos tecnológicos del proyectoQue los objetivos sean viables técnicamente, alcanzables, orientados al progreso tecnológico, descritos cualitativa y cuantitativamente y monitorizables; en cooperación, objetivos descritos por cada socio.100 puntos
  3. 1.2. Progreso tecnológico del proyectoAnálisis del estado del arte que identifique el punto de partida y el salto tecnológico (TRL) que aporta el proyecto y los retos tecnológicos asumidos. Es criterio de desempate en segundo lugar.100 puntos
  4. Bloque II. Plan de ejecución / gestión del proyecto (mínimo 50 puntos)Bloque con puntuación mínima obligatoria de 50 puntos. Agrupa los criterios 2.1 a 2.4.100 puntos
  5. 2.1. Metodología y plan de trabajoMetodología y gestión, descripción y clasificación de actividades, responsables por tarea, cronograma, plazos, medios y entregables globales y parciales.30 puntos
  6. 2.2. Plan de contingenciaIdentificación de riesgos tecnológicos (impacto y probabilidad) y propuesta de acciones preventivas, de contingencia o correctoras coherentes con los objetivos.10 puntos
  7. 2.3. Capacidad I+D de la persona solicitante y detalle de las tareas de los colaboradoresCapacidad, experiencia y medios productivos y técnicos propios y de los socios, relevancia y prestigio científico-tecnológico, y detalle de las tareas de los colaboradores externos.40 puntos
  8. 2.4. Adecuación, coherencia y recursosJustificación y coherencia de los recursos asignados (personal, colaboraciones externas y otros gastos) y su encaje con el plan de trabajo y los objetivos.20 puntos
  9. Bloque III. Impacto del proyecto (mínimo 100 puntos)Bloque con puntuación mínima obligatoria de 100 puntos. Agrupa los criterios 3.1 a 3.10.200 puntos
  10. 3.1. Trabajo en cooperación / open innovationCooperación entre empresas y con agentes acreditados TECNIO, contratación de terceros con componente de transferencia tecnológica y capacitación mutua, y que sea un proyecto en codesarrollo. Es el primer criterio de desempate.65 puntos
  11. 3.2. Creación y mantenimiento de puestos de trabajoEmpleo creado y mantenido gracias al desarrollo del proyecto de I+D.20 puntos
  12. 3.3. Valor generado del proyecto: impacto en inversiones industrialesPrevisión de nuevas inversiones industriales en fases posteriores (industrialización, nuevas instalaciones productivas).20 puntos
  13. 3.4. Valor generado del proyecto: impacto para la generación de nuevos productos o servicios tecnológicamente avanzadosQue el resultado llegue al mercado como productos o servicios rompedores, que dejen obsoleta la oferta actual o sean totalmente nuevos.20 puntos
  14. 3.5. Valor generado del proyecto: impacto en la generación y gestión de los derechos de propiedad industrial e intelectual (IPR)Generación de propiedad industrial e intelectual y estrategia para gestionarla.20 puntos
  15. 3.6. Valor generado del proyecto: impacto en la alineación a las políticas europeasAlineación con los retos europeos del anexo 4 (descarbonización industrial, competitividad, tecnologías limpias, materias primas críticas, semiconductores, inteligencia artificial), con cuantificación e indicadores concretos.20 puntos
  16. 3.7. Valor generado del proyecto: impacto ambiental y social. Contribución a los objetivos de desarrollo sostenible (ODS)Nivel de cumplimiento de los ODS del anexo 5, con cuantificación de impactos e indicadores concretos.15 puntos
  17. 3.8. Valor generado del proyecto: contribución a la transición energético-climáticaQue la temática y los resultados esperados contribuyan a la transición energético-climática.5 puntos
  18. 3.9. Enfoque del proyecto para promover el reequilibrio territorialUbicación del establecimiento operativo: 10 puntos en comarcas de implantación del sector químico (Tarragonès, Baix Penedès, Alt Camp, Baix Camp, Barcelonès, Vallès Occidental, Baix Llobregat, Vallès Oriental y Maresme), 8 en nivel bajo, 4 en medio-bajo, 2 en medio-alto y 0 en nivel alto.10 puntos
  19. 3.10. Orientación y enfoque de la empresa hacia la perspectiva de géneroPorcentaje de personas que se identifican como mujeres en los órganos de dirección y administración: 0 puntos si es menos del 30 %, 3 puntos entre 30 y 49 %, 5 puntos si es 50 % o más. También es tercer criterio de desempate.5 puntos

Lo que deja fuera

Si no cumples alguno, la solicitud se inadmite sin llegar a puntuarse.

  • Si eres empresa, necesitas al menos dos años de vida a fecha de presentación de la solicitud, contados desde la fecha de constitución (que se toma como la fecha de inscripción en el Registro Mercantil o registro análogo).
  • Solo pueden concurrir empresas y agentes de transferencia de tecnología con acreditación vigente TECNIO: si eres un agente de transferencia sin esa acreditación vigente, no puedes participar.
  • El gasto subvencionable aceptado del proyecto tiene que ser como mínimo de 120.000,00 euros; por debajo de esa cifra el proyecto no encaja.
  • Si tu gasto subvencionable previsto es igual o superior a 400.000,00 euros, tienes que superar la evaluación financiera de ACCIÓ (APTA a partir de un resultado de 4); si el resultado es NO APTA no puedes ser beneficiaria, salvo las dos excepciones previstas (escrito de una empresa del grupo apta que se responsabilice, o ampliación de capital registrada antes de la solicitud).
  • Tienes que presentar la solicitud ANTES de empezar a trabajar en el proyecto: sin efecto incentivador la ayuda no procede.
  • La memoria técnica y el presupuesto deben presentarse con los modelos normalizados de ACCIÓ, respetando su estructura y formato y cumplimentando todos los apartados; si no, la solicitud no se admite a trámite.
  • Debes acreditar en el apartado 0 de la memoria técnica que el proyecto se enmarca en la cadena de valor del sector químico e incorpora alguna actuación del anexo 3; no acreditarlo es motivo de inadmisión.
  • Necesitas 250 puntos como mínimo sobre 500 y además los mínimos por bloque (100 en el bloque I, 50 en el bloque II y 100 en el bloque III); si no alcanzas un mínimo de bloque el proyecto es no elegible.
  • Quedan fuera los proyectos en los que la química sea solo un elemento auxiliar o instrumental, o que solo usen productos químicos como consumible sin innovación química relevante.
  • En proyectos en cooperación, ningún participante puede ejecutar más del 70 % del gasto subvencionable aceptado, y el conjunto de los agentes TECNIO no puede superar el 50 % del gasto del proyecto.
  • El plazo termina a las 14:00 horas del 22 de septiembre de 2026 y la solicitud debe presentarse obligatoriamente por medios electrónicos a través del Canal Empresa.
  • No se admite reformular la solicitud, y el plazo de ejecución de 30 meses no se puede ampliar.
  • Si has recibido anticipos de otra convocatoria de ACCIÓ y no los has justificado en plazo, no podrás recibir nuevos anticipos sin garantía.

Requisitos

  • Si eres empresa, tener como mínimo dos años de vida a fecha de la solicitud, contados desde la fecha de constitución (inscripción en el Registro Mercantil o registro análogo).
  • Si eres empresa y tu gasto subvencionable previsto es igual o superior a 400.000,00 euros, tienes que ser apta financieramente.
  • La evaluación financiera (liquidez, autonomía financiera, rentabilidad y solvencia) debe dar un resultado de 4 o superior para ser APTA.
  • El gasto subvencionable aceptado del proyecto debe ser de al menos 120.000,00 euros.
  • En proyectos en cooperación, ningún participante puede asumir más del 70 % del gasto subvencionable aceptado.
  • El gasto de los agentes de transferencia de tecnología con acreditación TECNIO no puede superar el 50 % del gasto subvencionable del proyecto.
  • Presentar la solicitud antes de empezar a trabajar en el proyecto (efecto incentivador).
  • El proyecto debe suponer un progreso tecnológico de al menos un punto en la escala TRL, entre TRL 3 y TRL 7.
  • Acreditar en el apartado 0 de la memoria técnica que el proyecto se enmarca en la cadena de valor del sector químico e incorpora alguna actuación del anexo 3.
  • Tener personal técnico propio dedicado al proyecto de I+D, indicado en la memoria técnica y en el presupuesto.
  • Solo es subvencionable el personal con relación laboral con la entidad solicitante.
  • En proyectos cooperativos, las empresas miembros deben tener establecimiento operativo en Cataluña y regularse por un acuerdo de cooperación firmado con certificado digital.
  • En proyectos cooperativos, una empresa debe actuar como líder, presentar la solicitud y canalizar la relación con los participantes.
  • Si participan varios agentes de transferencia de tecnología, deben ser autónomos entre ellos y no estar vinculados (no más del 25 % del capital o derechos de voto).
  • Alcanzar la puntuación mínima de 250 puntos en la valoración.
  • Presentar la solicitud por medios electrónicos a través del Canal Empresa, con el modelo normalizado, dentro de plazo (hasta las 14:00 h del 22 de septiembre de 2026).
  • Si recibes ayudas de minimis (gasto de auditoría), no superar 300.000,00 euros en tres ejercicios fiscales.

Documentación que piden

  • Memoria técnica del proyecto según modelo normalizado de ACCIÓ, incluida la ficha de resumen ejecutivo (anexo 1 de la memoria técnica), con el apartado 0 acreditando el encaje en la cadena de valor del sector químico
  • Presupuesto completo y detallado del proyecto según modelo normalizado de ACCIÓ (respetando formato y celdas)
  • En proyectos cooperativos: ficha de participación firmada con certificado digital del representante legal de cada participante
  • En proyectos cooperativos: documento acreditativo de poderes para actuar como representante legal de cada participante, si no está inscrito en el Registro Mercantil o registro correspondiente
  • Si el gasto subvencionable previsto es igual o superior a 400.000 euros: impuesto de sociedades y cuentas anuales (balance y cuenta de pérdidas y ganancias) del último ejercicio cerrado presentadas en el Registro Mercantil o registro análogo con acuse de recibo o código de presentación telemática, o informe de auditoría si la empresa está auditada
  • Si el resultado de la autoevaluación financiera es no apta o eres empresa de nueva creación: escrito según modelo de ACCIÓ de una empresa del grupo apta responsabilizándose del proyecto, firmado con certificado digital, junto con su impuesto de sociedades o cuentas anuales
  • Documentación relativa a ampliaciones de capital posteriores al ejercicio evaluado y registradas antes de la fecha de la solicitud, si te acoges a esa excepción
  • Acuerdo de cooperación firmado con certificado digital por todos los miembros (a presentar tras la resolución de otorgamiento, en el plazo que esta establezca)

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