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VEH 2026-Convocatòria de subvencions per adquisició de vehicles per a finalitats socials o per a ajuda humanitària en zona de conflictes bèl·lics per a l¿any 2026

Convoca DIPUTACIÓN PROV. DE GIRONA

Para qué es

Financiar la adquisición de vehículos por parte de personas jurídicas privadas sin ánimo de lucro que realicen actuaciones con finalidades sociales (transporte adaptado, reparto de alimentos, transporte de pasajeros vinculados a establecimientos de servicios sociales) o acciones de ayuda humanitaria para la población civil en zonas de conflicto bélico. Convocatoria de Dipsalut (Diputación de Girona) para 2026, con 120.000 € de crédito total, en régimen de concurrencia NO competitiva.

Criterios de valoración

Con el peso que les da la convocatoria. Es lo que puntúa.

  1. Orden de registro de entrada y presentación correcta de la documentaciónNo hay baremo de puntos: las solicitudes se atienden por orden de entrada en el registro y por haber presentado bien la documentación, hasta agotar el crédito. En caso de subsanación cuenta la fecha de presentación de la documentación corregida.Criterio único de asignación (concurrencia no competitiva)
  2. Tipología del vehículo y carácter eléctrico o híbrido (determina la cuantía máxima)El importe máximo depende de la tipología solicitada (tipo 1 o tipo 2) y de si el vehículo adquirido es eléctrico o híbrido, en cuyo caso la ayuda máxima es superior.15.000 € / 17.000 € / 20.000 € / 22.000 €

Lo que deja fuera

Si no cumples alguno, la solicitud se inadmite sin llegar a puntuarse.

  • Solo pueden pedirla personas jurídicas privadas sin ánimo de lucro: si eres empresa o entidad pública, quedas fuera («persones jurídiques privades sense ànim de lucre»).
  • Si vas a por un vehículo de tipo 1 (finalidades sociales), tienes que estar inscrita en el RESES (Registre d’Entitats de Serveis i Establiments Socials) o haber presentado la solicitud de inscripción antes de que acabe el plazo; si no la tienes, tendrás que acreditar documentalmente que te coordinas con los servicios sociales del área básica correspondiente.
  • Si vas a por un vehículo de tipo 2 (ayuda humanitaria), tienes que ser ONGD o fundación privada: ninguna otra figura entra en esta tipología.
  • Solo puedes optar a UNA de las dos tipologías: o tipo 1 o tipo 2, no a las dos.
  • Límite de solicitudes: una sola solicitud por peticionario en tipo 1 y un máximo de dos solicitudes en tipo 2.
  • Es concurrencia NO competitiva y se resuelve por orden de registro de entrada y correcta presentación de la documentación: si presentas tarde o con documentación incompleta, puedes quedarte sin crédito aunque cumplas todo.
  • El plazo del primer procedimiento acaba el 8 de septiembre de 2026; solo habrá un segundo procedimiento si sobra crédito.
  • La solicitud debe hacerse por el formulario normalizado de la Sede electrónica de Dipsalut y estar firmada por el representante legal.
  • No se aceptan contenedores de archivos (PDF con adjuntos, ZIP o RAR): la documentación adicional debe ir en un único PDF.
  • No se prevé reformular la solicitud ni modificar el objeto o destino de la subvención.

Requisitos

  • Ser persona jurídica privada sin ánimo de lucro que realice actuaciones con finalidades sociales o de ayuda humanitaria en zonas de conflicto bélico.
  • Para vehículos de tipo 1: ser entidad o fundación privada sin ánimo de lucro inscrita en el RESES, o haber presentado la solicitud de inscripción antes de que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
  • Si no estás inscrita en el RESES, tienes que acreditar que te coordinas con los servicios sociales del área básica correspondiente.
  • Para vehículos de tipo 2: ser ONGD (organización no gubernamental de ayuda al desarrollo) o fundación privada.
  • Solo puedes solicitar la subvención para una de las dos tipologías de vehículos.
  • Máximo una solicitud por peticionario para vehículos de tipo 1.
  • Máximo dos solicitudes por peticionario para vehículos de tipo 2.
  • La solicitud debe presentarse dentro de plazo y firmada por el representante legal de la entidad.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social (Dipsalut lo comprueba de oficio salvo que deniegues la autorización).
  • La adquisición del vehículo debe realizarse dentro del periodo subvencionable.

Documentación que piden

  • Formulario normalizado de solicitud disponible en la Sede electrónica de Dipsalut, firmado por el representante legal
  • Memoria descriptiva de la actividad
  • Para vehículos de tipo 1: número de inscripción en el RESES indicado en el formulario
  • Para vehículos de tipo 1 sin inscripción en el RESES: documento que acredite la coordinación con los servicios sociales del área básica correspondiente
  • Declaración responsable de que los estatutos se presentaron a Dipsalut en 2011 o posteriormente y no han sido modificados; si no se presentaron o han cambiado, estatutos vigentes en copia compulsada u originales
  • Si deniegas expresamente la autorización de consulta: certificados de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social

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